Justicia en retroceso: liberan a los acusados por el crimen de Otoño Uriarte
El Tribunal de Impugnación anuló la condena a prisión perpetua contra cuatro acusados y ordenó su inmediata liberación, a casi dos décadas del hecho.
Un duro golpe sacude otra vez a la Justicia rionegrina. El Tribunal de Impugnación anuló una condena que había sido calificada como histórica y ordenó la libertad inmediata de los cuatro acusados por la desaparición y muerte de Otoño Uriarte, ocurrida hace más de 18 años en Fernández Oro.
La resolución revoca la sentencia dictada el 20 de marzo de 2025, que había impuesto prisión perpetua a Néstor Ricardo Cau, Maximiliano Manuel Lagos, José Hiram Jafri y Ángel Germán Antilaf por el secuestro y asesinato de la joven de 16 años.
En su fallo, el tribunal absolvió a los imputados y levantó todas las medidas cautelares en su contra. La única excepción es Antilaf, quien continuará preso por una condena previa por robo agravado.
Tras casi dos décadas de espera, el caso vuelve a poner en evidencia las graves falencias en la investigación original -a cargo del destituido Juzgado de Instrucción Penal 21 y de la jueza María del Carmen García García-, así como las debilidades probatorias y la efectividad cuestionada de un sistema judicial que, una vez más, parece alejarse de la verdad y de la memoria de Otoño.
La liberación de los acusados no es solo una decisión procesal: para una comunidad que exigía certezas y respuestas, significa un nuevo golpe que mantiene abierto el dolor por un crimen que marcó a toda la región.
El fallo que se conoció es bastante breve, cuenta con seis puntos, de los cuales, sólo tres son relevantes. "Primero: Hacer lugar a las impugnaciones de las defensas de los acusados Néstor Ricardo Cau, Maximiliano Manuel Lagos, José Hiram Jafri y Ángel Germán Antilaf y en consecuencia revocar la sentencia de fecha 20 de marzo de 2025 dictada en su contra".
En el segundo, "Absolver de culpa y cargo a Germán Ángel Antilaf, Maximiliano Manuel Lagos, José Hiram Jafri, y Néstor Ricardo Cau; por el hecho que fueron acusados en el presente caso calificado como privación ilegítima de la libertad agravada por haber participado más de tres personas, por ser menor de edad la víctima y por haber ocasionado intencionalmente la muerte de la víctima, en carácter de coautores (art. 142 bis, inc. 1 y 6 y anteúltimo párrafo en función del art. 45 del CP)".
Y el tercero: "Ordenar la libertad inmediata de Néstor Ricardo Cau, Maximiliano Manuel Lagos, José Hiram Jafri y Ángel Germán Antilaf y la cesación de todas las medidas cautelares, en lo que a este juicio respecta, la que deberá hacerse efectiva siempre y cuando no registren otra orden restrictiva de su libertad".
Este fallo aún no está firme por lo que puede ser apelado tanto por la fiscalía, como por la querella que representa a Roberto Uriarte, el padre de Otoño. En caso de confirmarse, el Superior Tribunal de Justicia tendrá que resolver si la resolución del Tribunal de Impugnación fue correcta o retrotrae la causa a la sentencia del juicio.
Fuente: Medios.