Polémica

La Justicia rechazó el amparo y Sens no podrá abrir

El propietario del local bailable presentó una acción de amparo y medida cautelar contra el Municipio de la ciudad de Neuquén por la clausura de la semana pasada.

Neuquen Post

El Poder Judicial de Neuquén declaró inadmisible la acción de amparo presentada por el propietario del establecimiento Sens contra la Municipalidad de Neuquén, tras la clausura del local.

También rechazó todas las medidas cautelares solicitadas, entre ellas el levantamiento de la clausura preventiva que pesa sobre el local, ubicado en Primeros Pobladores, la provisión de una licencia comercial provisoria para funcionar.

Nicolás Vaamonde dueño del inmueble, presentó una denuncia penal contra funcionarios municipales y los acusó de ejercer "abuso del poder de policía"

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Asimismo, la justicia neuquina aclaró, en el escrito firmado por la jueza subrogante María Victoria Bacci, que el municipio no obró de manera arbitraria ni ilegal y determina que el propietario de Sens, Nicolás Vaamonde optó por un camino excepcional en lugar de culminar los trámites administrativos.

"Además debo resaltar que desde su primera solicitud, en fecha 29/05/2023, así como en el devenir de todas sus presentaciones el actor ha obtenido una respuesta por parte del municipio, dentro de un plazo razonable, no advirtiéndose conductas dilatorias por parte del demandado", dice el fallo.

La jueza pondera entonces los alcances del poder de policía de la Municipalidad, "sin que pueda vislumbrarse que se haya extralimitado o actuado con la arbitrariedad o ilegalidad que alega el amparista".

Es más, entiende que aun sin contar con la habilitación se emprendió en una serie de actos de contenido patrimonial, "es decir, es el propio amparista quien asume un riesgo al realizar refacciones en el inmueble, contratar empleados, promocionar la apertura del local, e incluso vender entradas sin tener certeza sobre el cumplimiento de la totalidad de los requisitos para la concesión de la licencia comercial y la habilitación del local". 

Por último, acerca de la tutela cautelar para que se ordene al Juzgado de Faltas N° 2 el levantamiento de la clausura preventiva y que se ordene al Municipio el otorgamiento de una licencia comercial provisoria, la jueza consideró que "no se encuentran acreditados los recaudos para la concesión de la cautelar solicitada, debiendo procederse a su rechazo".


Fuente: Medios


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