Finalmente, el profesor de música del Jardín 31 irá a juicio por 24 hechos de abuso
Esta decisión habilita el enjuiciamiento de todos los casos investigados, en respuesta a la solicitud del Ministerio Público Fiscal.
Hay novedades sobre el caso del profesor de música del Jardín 31 que fue denunciado por 24 casos de abuso, y finalmente será enjuiciado por la totalidad de los casos, pese a que el Tribunal de Impugnación había anunciado que solo sería por tres. El fiscal Manuel Islas había asegurado que las pruebas eran contundentes para incluir todas las denuncias.
El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Neuquén anuló la decisión previa de un Tribunal de Impugnación que había desestimado 21 de los 24 hechos investigados por la fiscalía en casos de abuso en un jardín escolar de la provincia. Esta decisión habilita el enjuiciamiento de los 24 casos investigados, en respuesta a la solicitud del Ministerio Público Fiscal.
La Sala Penal del TSJ, conformada por Alfredo Elosu Larumbe y Evaldo Moya, respaldó el pedido del fiscal del caso, Manuel Islas, apoyado por la defensoría del Niño y el Adolescente, así como por los abogados querellantes que representan a las familias de las presuntas víctimas.
En su resolución, el TSJ revocó completamente la decisión anterior y respaldó el pronunciamiento de la Jueza de Garantías, Estefanía Sauli, del pasado 21 de noviembre. La jueza había aceptado que los 24 hechos planteados por el fiscal del caso y las partes querellantes fueran discutidos ante un jurado popular.
"Es una gran noticia para las familias de las víctimas que vienen sufriendo esto. Ahora solo queda el agendamiento del juicio, que es la próxima instancia del proceso, esperamos que pueda ser después de la feria judicial, durante el segundo semestre del año", dijo Gustavo Lucero, abogado de 8 familias denunciantes, junto a la abogada Manuela Castro.
Por qué se dejaron afuera 21 casos
Al momento de recurrir a la Sala Penal, en marzo pasado, Islas cuestionó la decisión del Tribunal de Impugnación que dejó afuera del juicio por jurados los 21 hechos de un total de 24 que impulsó el MPF: fue arbitraria y no valoró evidencia que sustentan los hechos, afirmó.
En este sentido, el fiscal puntualizó que el tribunal integrado por los jueces Richard Trincheri y Federico Sommer junto a la jueza Florencia Martini, no aplicó "los principios de libertad y amplitud probatoria que rige en este tipo de casos que implica que el caso pueda probarse por evidencia directa o indiciaria". Y remarcó que "asumieron o imaginaron -excediéndose del acotado marco de su competencia revisora- que dirían ellos como jueces de juicio cuando en este caso quien tendrán que valorar según su íntima convicción, la suficiencia y calidad de la evidencia recolectada, es un jurado popular que guía su decisión en el sentido común".
La jueza de garantías había aceptado que los 24 hechos que planteó el fiscal del caso en la investigación, junto a las partes querellantes, se discutan ante un jurado popular. Luego el Tribunal de Impugnación dejó 21 afuera.
Entre los argumentos, el TSJ indicó que "en síntesis, el Tribunal de Impugnación le asignó arbitrariedad a un pronunciamiento cuyas razones no detalló ni controló; sustituyendo el criterio adoptado por la Jueza de Garantías en una materia que era propia y privativa de esta última, al menos en esta fase del proceso. Efectuando a su vez dicho órgano de control adjetivaciones genéricas de la prueba, cuyo contenido efectivo desconocía. De allí que la arbitrariedad asignada al fallo de la Dra. Sauli deviene, paradójicamente, del propio órgano de control que la predicó".
Fuente: Medios