Decisión inédita

Fallo judicial permite a dos menores de Bariloche a salir del país sin aval de su padre

La autorización se basó en normativas de protección infantil y en el derecho de las niñas a mantener vínculos familiares. El fallo marca un precedente en casos de disputas parentales sobre viajes internacionales.

Neuquén Post

Una jueza de Familia de Bariloche determinó que dos pequeñas podrán viajar al exterior sin contar con el permiso de su padre, quien actualmente se encuentra cumpliendo una condena por un delito grave, que lo inhabilita a otorgar el permiso correspondiente.

La madre de las menores las crio sola, lo que influyó en la decisión de la jueza. La autorización se extenderá hasta que las niñas cumplan la mayoría de edad.

Debido a la situación penal del progenitor, sumado a la crianza de las niñas, se inició el reclamo que incluyó la autorización para un viaje específico y la posibilidad de extenderla hasta la mayoría de edad de las niñas, evitando trámites judiciales repetitivos.

El pedido, presentado con el apoyo de la Defensa Pública, destacó el interés superior de las menores y sus derechos. Dada la urgencia del caso, la jueza resolvió en favor de la solicitud en un plazo de cinco días hábiles.

Los argumentos para la sentencia

Uno de los argumentos para avalar el fallo se encuentra justificado en el Artículo 12 del Código Penal. Allí se establece que la reclusión y la prisión por más de tres años implican la pérdida de la patria potestad durante el plazo que dure la condena.

Además, en el Artículo 638 del Código Civil y Comercial se entiende el concepto de la responsabilidad parental como "el conjunto de deberes y derechos que corresponden a los progenitores sobre la persona y bienes del hijo, para su protección, desarrollo y formación integral mientras sea menor de edad y no se haya emancipado".

Con esta base legal, la Jueza de Familia intervino destacando que las menores están autorizadas a salir del país, en compañía de su madre o la persona que ella designe, hasta que alcancen la mayoría de edad.

Aunque el Código Penal contempla la pérdida de la patria potestad en ciertos casos, la Dirección Nacional de Migraciones exige una resolución judicial para autorizar la salida del país.

Por ello, fue necesario emitir una sentencia que garantizara certeza sobre la situación y notificar oficialmente al organismo la decisión adoptada.

Fuente: Medios


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